La soberanía popular según el doctor Sánchez – Por Juan Manuel de Prada

Por Juan Manuel de Prada

Entre el granizo de insidias más o menos solapadas o desinhibidas que el doctor Sánchez y sus mariachis han lanzado contra el Tribunal Supremo, tras anunciarse el fallo que condenó al faraute general del Estado a dos años de inhabilitación por un delito de revelación secretos, merece glosarse una propalada por el propio jefe de la banda, con ocasión del lanzamiento de un bodrio audiovisual de exaltación del Régimen del 78. Tras endosar la pestífera y archisabida farfolla sistémica en torno al 23-F, el doctor Sánchez afirmó: «La democracia no es un estado que se conquista de forma permanente, es un privilegio que debemos defender cada día […] de nostalgias infundadas, de intereses económicos y de ataques que van cambiando su forma: hoy son campañas de desinformación y también abusos de poder. […] La amenaza sigue ahí, pero también permanece –y es lo que me gustaría reivindicar– nuestro firme deseo de neutralizarla, de defender la soberanía popular y la democracia frente a aquellos que se creen con la prerrogativa de tutelarla o de amordazarla».

Despojando el parrafito de retórica fofa, el doctor Sánchez caracteriza a los magistrados que acababan de condenar al faraute general del Estado como una patulea que, abusando del poder, trata de tutelar o amordazar la soberanía popular, constituyéndose en un peligro para la democracia. Resulta, en verdad, llamativo, que una sentencia judicial que contraría o reprime los designios del gobierno sea tildada de «abuso de poder». En ‘El espíritu de las leyes’, Montesquieu escribe que «para que no se puede abusar del poder es preciso que el poder contenga al poder», demostrando que su gran preocupación no es la separación de poderes, sino el abuso del poder, el despotismo, que no identificaba –como hace el analfabeto contemporáneo– con la dictadura, sino con la corrupción de cualquier clase de gobierno. Y para controlar los abusos de poder diseña Montesquieu un sistema de control donde el poder contenga al poder; donde, por ceñirnos al caso que nos ocupa, un tribunal pueda impedir que el faraute general del Estado pueda revelar secretos que atropellan garantías procesales, por perjudicar a un rival político. Pero para el doctor Sánchez el abuso del poder es exactamente lo contrario de lo que Montesquieu preconizaba; y considera un ‘abuso de poder’ que los tribunales controlen al poder ejecutivo. Para justificar esta rocambolesca inversión conceptual, invoca una ‘soberanía popular’ que el Tribunal Supremo trata de tutelar o amordazar. Conviene que nos detengamos a estudiar cuál es la concepción que el doctor Sánchez tiene de ‘soberanía popular’; y también si esa concepción es ocurrencia suya o, por el contrario, se apoya en una sórdida prosapia doctrinal firmemente arraigada en el ADN del Régimen del 78.

En el bodrio constitucional se establece que «la soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan los poderes del Estado» (artículo 1.2), aunque a renglón seguido se invoca la separación de poderes (artículo 1.3). Por un lado, se apela al concepto clásico de soberanía de Bodino, como poder supremo fuertemente unificado y, por otro, ese poder supremo fuertemente unificado se divide en tres poderes separados; sin duda, nos hallamos ante una parodia chusca del misterio de la Santísima Trinidad (pero ya sabíamos que la política moderna es una secularización casposa de la teología, para consumo de masas cretinizadas). Ahora bien, esa tan cacareada ‘soberanía popular’, ¿cómo se articula? Pues exclusivamente a través del voto en las elecciones, que es la única forma de participación del pueblo en la vida política. El propio Rousseau, santo patrono de la soberanía popular, reconoce en el sórdido capítulo VII de ‘El contrato social’ que la soberanía popular se expresa a través de la ‘voluntad general’. Y a continuación formula su monstruosa ‘paradoja de la libertad’, que constituye el alma de la ‘soberanía popular’: «Quien se niegue a obedecer la voluntad general será obligado a hacerlo por todo el cuerpo; lo que no significa otra cosa sino que se le obligará a ser libre». Lo que, traducido al román paladino, significa que el ‘pueblo soberano’ es un cuerpo orgánico cuya cabeza es el Gobierno y cuya unidad no la constituyen sus miembros individuales, sino la oligarquía que compone al Gobierno, más la chusma que lo sostiene (periodistas venales, intelectuales sistémicos, empresarios untados, etcétera), que de este modo se convierte en el soberano efectivo. En este sentido, cuando el artículo 117 del bodrio constitucional hace emanar la Justicia del pueblo, está entregando la justicia a ese soberano afectivo que es la oligarquía gubernativa. Así, debemos dar la razón a Sloterdejik cuando afirma que derecho y ley no son más que otros nombres para designar los caprichos de los gobernantes; gobernantes corrompidos moral y materialmente como el doctor Sánchez y sus mariachis a quienes sólo guía el instinto de mantenerse en el poder.

Y, puesto que la justicia tiene que ser una emanación de esa voluntad general que se expresa a través de la oligarquía gubernativa, el doctor Sánchez considera que los tribunales tienen que someterse a ella; tienen que allanarse ante los designios gubernativos; tienen que obedecer la voluntad general, encarnada en el doctor Sánchez y sus mariachis y apoyada por los jenízaros de la prensa adicta. Toda resolución judicial que no obedezca esa voluntad general tendrá que ser rectificada, y sus responsables castigados, por querer tutelar o amordazar la ‘soberanía popular’. A los tribunales hay que «obligarlos a ser libres», según la paradoja roussoniana, asumiendo las consignas gubernativas; así se convertirán en auténticos ‘tribunales populares’, que es lo que la chusma gubernativa anhela, para poder exterminar toda forma de disidencia.

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