Por Rocío Orizaola
La Sociedad Europea de Psiquiatría Infantil y Adolescente (ESCAP) ha publicado una declaración conjunta con firmas de varios psiquiatras: “Declaración de la CESPAP sobre la atención de niños y adolescentes con disforia de género: una necesidad urgente de salvaguardar las normas clínicas, científicas y éticas”.
Los médicos denuncian que, aunque en el papel la disforia de género puede no ser “un trastorno de salud mental” para la Organización Mundial de la Salud, no es raro que la disforia vaya “acompañada de un sufrimiento significativo” y tenga “un impacto psicosocial importante en el individuo y la familia, requiriendo a veces intervenciones médicas y psicosociales”.
La declaración se hace a raíz del aumento de casos que se está experimentando en la sociedad y que ha llevado a varios países a dar marcha atrás en sus legislaciones porque se plantean si este fenómeno es una moda impulsada por las propias normas, que confunde a los menores especialmente.
Desde la ESCAP aseguran que los servicios especializados al principio se dirigían a “un pequeño número de adultos” que eran biológicamente hombres y se definían como mujeres. Ahora, se asiste a un “aumento sustancial” en las tasas de derivación, conformadas por un perfil totalmente distinto: “La mayoría se refieren a personas post-púberes” de sexo femenino. Es decir, en poco tiempo el perfil promedio de la disforia ha pasado de ser masculino y minoritario a femenino, infantil y masivo.
La Sociedad Europea de Psiquiatría Infantil y Adolescente pone el foco en los elementos comunes previos a la disforia de género, la persona suele tener una serie de “condiciones comunes” previas al surgimiento de esa disforia, entre las que destacan autismo, depresión, ansiedad, tendencias suicidas o la experiencia de traumas previos como abuso sexual.
ESCAP denuncia que esas condiciones no se estudian ni se tratan sino que se aborda directamente la disforia con tratamientos para transicionar. Señaló la “escasa fiabilidad e inestabilidad de un diagnóstico de disforia de género para un menor en concreto a lo largo del tiempo” y los “posibles efectos de las decisiones de bloquear la pubertad o impedir la transición médica en el desarrollo psicosocial del niño”.
En el informe reconocen la actual falta de investigación de calidad para determinar la relación riesgo-beneficio. Ante el surgimiento de investigaciones que evidencian las graves consecuencias para la salud de los menores que conllevan el uso de bloqueadores y hormonas cruzadas, piden que no se promuevan tratamientos experimentales.
Los firmantes recordaron los principios éticos fundamentales, situándolos en el contexto de los tratamientos de la disforia de género en jóvenes. Para empezar el de no maleficencia para no implementar fuera del entorno de investigación ninguna intervención experimental con efectos potencialmente irreversibles, ni intervenciones con consecuencias desconocidas a largo plazo; no adoptar nuevas prácticas prematuramente sin pruebas suficientes; no continuar con prácticas obsoletas que puedan no redundar en beneficio del paciente.
Seguido del principio de beneficencia: adoptar intervenciones médicas con una relación favorable entre beneficios y daños y garantizar un diagnóstico y tratamiento adecuados de los trastornos psiquiátricos coexistentes, así como garantizar una evaluación diagnóstica exhaustiva de la disforia de género en lugar de basarse únicamente en la autoevaluación de niños y adolescentes.
Continúan con el principio de autonomía, en el que reclaman implicar a los menores en los procesos de toma de decisiones en torno a su atención de forma adecuada a su edad y desarrollo, evaluando su capacidad para dar su consentimiento; adoptar un proceso adecuado de consentimiento informado para las decisiones posiblemente de por vida e irreversibles, garantizando que menores y adolescentes comprendan plenamente los riesgos potenciales, los beneficios y la naturaleza irreversible de los tratamientos; tener en cuenta los derechos de progenitores y tutores a dar su consentimiento para cualquier intervención importante o para la participación de sus hijos en investigaciones sobre tratamientos experimentales; tener en cuenta los derechos de progenitores y tutores a estar plenamente informados sobre los cuidados actuales de sus hijos; ofrecer apoyo y recursos adecuados a aquellos que decidan destransicionar, y respetar su decisión de hacerlo.
Acaban con el principio de justicia para garantizar el acceso a información, evaluación y tratamiento fiables y actualizados para la disforia de género, durante la transición o la destransición; adoptar medidas cautelares iguales para todos; y proteger los derechos de menores y jóvenes como grupo en una fase de desarrollo especialmente vulnerable.
En la declaración terminan reiterando las “graves consecuencias a largo plazo de estos tratamientos” y pidiendo a los proveedores de atención médica “que no promuevan tratamientos experimentales e innecesariamente invasivos con efectos psicosociales no probados y, por lo tanto, que se adhieran al principio primum-nil-nocere (primero, no hacer daño)“.
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